Canal de denuncias
¿Tiene Vd. información veraz sobre la comisión de algún delito o infracción grave o muy grave?
INTEGRACIÓ DE SERVEIS I DESENVOLUPAMENT D’OBRES, S.L. (“INSDO”) pone a su disposición diversos canales para que Vd. pueda denunciar los hechos, garantizando en todo momento su confidencialidad y ausencia de cualquier tipo de represalia.
¿Quién puede denunciar?
Cualquier persona que mantenga o haya mantenido cualquier tipo de vínculo con INSDO.
Para mayor concreción, pueden ser informantes: los trabajadores, autónomos, colaboradores profesionales, socios, ejecutivos, dependientes de nuestros contratistas o proveedores, extrabajadores, exsocios, exadministradores o apoderados, becarios o aspirantes en procesos de selección.
¿Cómo puedo presentar una denuncia?
A través del formulario establecido en el Canal de Denuncias de la Herramienta Factorial, al que podrá acceder a través del siguiente enlace: https://insdo.factorialhr.es/complaints.
Por correo postal, enviándonos una carta a la atención del Órgano Responsable del Canal de Denuncias en la siguiente dirección: Avenida de Rio de Janeiro, 56, 8A, Distrito de Nou Barris, (08016) Barcelona.
Solicitando una reunión presencial con el Órgano Responsable del Canal de Denuncias en la siguiente dirección: Avenida de Rio de Janeiro, 56, 8A, (08016) Barcelona.
¿Es necesario que facilite mis datos en la denuncia?
Si bien para verificar los hechos y, en su caso, solicitarle documentación adicional o tenerle al día sobre el curso de las investigaciones es aconsejable disponer de su nombre, dirección, D.N.I y un número de teléfono o cuenta de correo electrónico de contacto, Vd. Tiene derecho a presentar su denuncia de forma anónima. En cualquier caso, nosotros también lo investigaremos.
¿Qué hechos se pueden denunciar?
Es importante dejar claro que nuestro Canal de Denuncias no es una herramienta para formular quejas o reclamaciones. Si se hace, dichas comunicaciones serán archivadas.
Se trata de un canal restringido, pensado exclusivamente para informar de hechos especialmente graves porque pueden significar la comisión de un delito o de una infracción administrativa, grave o muy grave y sobre los que el informante ha de tener el convencimiento de que son ciertos.
Es importante puntualizar que los hechos denunciados han tenido que producirse en el ámbito laboral o profesional de nuestra actividad. Si se trata de hechos ajenos a nosotros, deberán denunciarse ante las autoridades policiales, administrativas o judiciales que resulten competentes.
Si el denunciante actúa a sabiendas de que su información es inverosímil o manifiestamente falsa, no tendrá ningún derecho de protección e INSDO, podrá denunciarlo y exigirle responsabilidades.
¿Cómo se van a tramitar las denuncias?
Únicamente el Órgano Responsable del Canal de Denuncias tendrá acceso a la denuncia y será quien se encargará de investigarla.
La tramitación de la investigación de hará con la máxima reserva y con plenas garantías de confidencialidad. El denunciado y el resto de personas afectadas por la denuncia, no tendrán acceso a la identidad del denunciante.
Si el denunciante hubiera designado un domicilio, teléfono o dirección de correo electrónico donde recibir comunicaciones, se le informará sobre la admisión o inadmisión a trámite de su denuncia y sobre la decisión que se adopte al final de la investigación.
En caso de que la investigación evidencia la comisión de un delito, se deberá dar traslado de los hechos a la Fiscalía o autoridad judicial. Si se trata de una infracción administrativa grave o muy grave, se informará a las autoridades competentes.
Con independencia de que pueda hacer uso del Canal Interno de Denuncia, el denunciante siempre podrá optar por usar también, de forma simultánea o alternativa, los canales externos habilitados por la Administración de Justicia o las autoridades administrativas competentes.
¿De qué protección dispone el denunciante?
Todas las personas que utilicen de buena fe el Canal Interno de Denuncia, tendrán derecho a ser protegidos siempre que los hechos denunciados no sean inverosímiles o notoriamente falsos.
La protección de los denunciantes incluirá en todo caso, su derecho a que no se revele su identidad a los denunciados ni a los demás afectados por su denuncia.
INSDO garantiza que ningún denunciante sufrirá represalias a causa de los actos de comunicación o denuncias que realice a través de nuestro Canal Interno de Denuncia o que, en su caso, hayan formulado ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante A.A.I. o hayan sido objeto de revelación pública en los términos dispuestos en la Ley 2/2023. Este derecho de protección será extensivo a sus familiares y allegados, y a aquellas entidades con las que el denunciante mantenga algún tipo de vinculación.
Los tratamientos de datos que se lleven a cabo en cumplimiento de la Ley 2/2023 quedan amparados en el cumplimiento de dicha obligación legal, donde encuentran su base de legitimación. Adicionalmente, la norma establece una presunción de licitud para el tratamiento de categorías especiales sobre la base del interés público esencial.
En cumplimiento de la normativa de protección de datos, se informa también a todos los interesados de que su identidad será reservada y de que no van a comunicarse sus datos a las personas a que se refieren los hechos revelados, así como tampoco a terceros, salvo en caso de tener obligación legal de hacerlo.
Tanto el denunciante como cualquier otro interesado pueden ejercitar su derecho de acceso, rectificación, limitación, supresión y portabilidad de sus datos personales conforme a la normativa vigente.
Es importante tener presente que solo las personas designadas para ello podrán acceder a los datos contenidos del Canal de Denuncias. Igualmente, quedarán limitadas conforme a lo que establece la ley de las comunicaciones de dichos datos a terceros.
Los datos solo podrán ser conservados durante el tiempo que resulte imprescindible para decidir sobre la procedencia de iniciar o no una investigación. En cualquier caso, cuando transcurran tres meses desde la recepción de la denuncia sin que se hubiesen iniciado actuaciones de investigación, se suprimirán los datos personales a menos que el objetivo de conservarlos sea dejar evidencia del funcionamiento del Canal de Denuncias, en cuyo caso los datos serán anonimizados.